Contratar a una cuidadora para asistir a un familiar mayor puede ser una gran ayuda para tu familia, pero sabemos que los costos pueden ser una preocupación. Por suerte, existen bonificaciones disponibles que pueden aliviar esa carga financiera. En este artículo, te guiaré a través de las bonificaciones disponibles para empleados de hogar en 2024.
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Toggle¿Qué implica contratar a alguien para trabajar en tu hogar?
Como empleador, es tu responsabilidad dar de alta a la persona que trabaje en tu hogar en el Sistema de Empleo de Hogar de la Seguridad Social. Esto asegura la protección del trabajador ante riesgos, enfermedades y accidentes, así como el derecho a prestaciones futuras como la jubilación.
¿Cuánto cuesta?
Tanto el empleador como el trabajador están obligados a cotizar a la Seguridad Social cada mes. La cuota mensual se determina según el salario acordado y la jornada de trabajo. La tabla de tramos de cotización para el año 2024 establece diferentes niveles según la retribución mensual. Para obtener más detalles sobre los niveles salariales y cómo se determinan las cuotas mensuales, consulta nuestra guía completa sobre la tabla salarial para empleadas de hogar en 2024.
| Tramo | Retribución mensual euros/mes | Base de cotización euros/mes |
| 1.º | Hasta 306,00 | 284,00 |
| 2.º | Desde 306,01 hasta 474,00 | 405,00 |
| 3.º | Desde 474,01 hasta 644,00 | 559,00 |
| 4.º | Desde 644,01 hasta 814,00 | 729,00 |
| 5.º | Desde 814,01 hasta 986,00 | 901,00 |
| 6.º | Desde 986,01 hasta 1.153,00 | 1.069,00 |
| 7.º | Desde 1.153,01 hasta 1.323,00 | 1.323,00 |
| 8.º | Desde 1.323,01 | Retribución mensual |
¿Qué novedades hay en 2024 para los empleadores de empleadas del hogar?
A partir del 1 de octubre de 2022, los empleadores deben cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Esto también se aplica a los empleados de hogar, y la Tesorería General de la Seguridad Social adaptará la cotización según la nueva normativa, sin trámites adicionales para empleadores y empleados.
Desde el 1 de enero de 2023, el empleador es el único responsable de tramitar el alta o baja ante la Tesorería General de la Seguridad Social, así como de comunicar cualquier variación en jornada, tipo de contrato o retribuciones.
¿Es posible aplicar algún beneficio en las cuotas a la Seguridad Social al contratar una empleada del hogar? ¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los empleadores pueden disfrutar de varios descuentos automáticos, siempre que no tengan deudas con la Seguridad Social o Hacienda. Estos incluyen:
- Descuento del 20% en la cuota por contingencias comunes.
- Descuento del 80% en la cuota por desempleo.
- Descuento del 80% en la cotización al FOGASA.
- Reducción del 75% en la cuota por contingencias comunes durante la incapacidad temporal de trabajadores mayores de 62 años.
Además, existen otros beneficios que pueden solicitarse junto con la documentación pertinente, como:
- Bonificación del 100% en la cuota por contingencias comunes al sustituir a una trabajadora víctima de violencia de género.
- Bonificación del 100% en la cuota total al sustituir a trabajadoras por riesgo durante el embarazo, lactancia natural o cuidado de menor.
- Bonificaciones en la cuota por contingencias comunes por contratación de personas con discapacidad.
Estos beneficios deberán ser enviados a través del portal oficial de Ministerio.
¿Qué beneficios pueden tener las familias numerosas?:
Si eres una familia numerosa, puedes solicitar una bonificación del 45% en la cuota por contingencias comunes. Es necesario que al solicitar el alta dispongas del título de familia numerosa y cumplas con los requisitos correspondientes según la categoría de tu familia:
- Familia Numerosa Monoparental: Se verificará si estás trabajando o incapacitado para trabajar.
Ten en cuenta que se considera “Familia monoparental” aquella formada por un adulto que tiene a su cargo uno o varios hijos biológicos o adoptivos. Algunos ejemplos serían:
- Personas que son padres o madres en solitario.
- Familias formadas por un padre/madre que esté en situación de viudedad.
- Familias formadas por un adulto separado o divorciado, que tenga la custodia de los hijos y que no perciban ayuda del otro progenitor para la manutención de los hijos en común.
- Familia Numerosa Categoría General: Se comprobará que ambos ascendientes o titulares estén trabajando, incapacitados para trabajar, o que uno trabaje y el otro esté incapacitado.
- Familia Numerosa Categoría Especial: Bastará con que un ascendiente o titular esté trabajando o incapacitado para trabajar.
Recuerda que desde octubre de 2022, el beneficio por familia numerosa no se suma al descuento general del 20%, pero sí a las bonificaciones del 80% por desempleo y FOGASA.

