Estamos en periodo de presentar la declaración de la renta en 2024. Hasta el 1 de julio de 2024 hay tiempo para solicitar su borrador y cumplir con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, este año trae consigo algunas novedades que afectarán a los contribuyentes. Si durante el año 2023 has tenido contratadas empleadas de hogar internas o empleadas por horas y dependiendo de en qué Comunidad Autónoma vivas es posible que puedas desgravar los gastos asociados.
Para ello debes incluir en la declaración de la renta todos los gastos asociados. Es decir: los salarios, las cotizaciones a la Seguridad Social, los seguros y los gastos de manutención o alojamiento si también los hubieras tenido.
Para que se pueda beneficiar de ciertas bonificaciones, la empleada de hogar debe de estar dada de alta y en la Seguridad Social, que a día de hoy es una de las cuestiones más demandadas por el Gobierno y puede llevar sanciones de hasta 12.000€.
A continuación, desglosamos las condiciones específicas de desgravación por empleadas de hogar en la declaración de la renta según la comunidad autónoma.
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ToggleDeducción en el IRPF por Contratar Empleadas de Hogar por Comunidades Autónomas
Andalucía
En Andalucía, se ofrece una deducción del 20% en el gasto anual de cotizaciones sociales del empleado de hogar, específicamente bajo la categoría de ayuda doméstica. El importe máximo de la deducción es 500 euros.
Requisitos:
- Familias cuyo titular o pareja, inscrita, tenga 75 años o más.
- Padres de hijos menores de 25 años que vivan con el declarante y no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales.
- Ambos cónyuges perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
No tendrán derecho a aplicar esta deducción los contribuyentes que hayan aplicado la deducción «Por asistencia a personas con discapacidad» cuando la misma persona empleada dé derecho a ambas deducciones.
Castilla y León
En Castilla y León, la deducción disponible es del 15% sobre las cuotas a la Seguridad Social de empleados de hogar, con un límite máximo de 300 euros.
Galicia
En Galicia, aunque no hay una deducción específica por la contratación de empleados de hogar, existe una opción para el cuidado de hijos a cargo de un empleado de hogar. Se ofrece una deducción del 30% de las cantidades dedicadas al cuidado de hijos menores de tres años, con un límite máximo de 400 euros, ampliable a 600 euros si las familias tienen dos o más hijos de 3 o menos años de edad.
Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana, hay una deducción del 50% sobre las cuotas satisfechas a empleadas de hogar contratadas para el cuidado de descendientes o ascendientes (hijos o padres).
Requisitos:
- Tener a cargo a algún menor de 5 años.
- Tener a cargo a algún mayor de 75 años o mayor de 65 con discapacidad (física superior al 65% y psíquica superior al 33%).
- Estar trabajando.
- Base total inferior a 30.000€ en declaración individual o 47.000€ en la conjunta.
Cantabria
En Cantabria, aunque no existe una deducción como tal por contratación de empleadas de hogar, existe una deducción por cuidado de familiares en determinadas circunstancias. 100 euros por cada uno de los siguientes familiares, ya sea el parentesco por consanguinidad o por afinidad.
- Descendiente menor de 3 años.
- Ascendiente mayor de 70 años.
- Ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.
Por descendiente menor de 3 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, procederá aplicar una deducción de 100 euros por descendiente y otros 100 euros por discapacidad.
Castilla-La Mancha
En Castilla-La Mancha, no hay una deducción por cuotas a la Seguridad Social, pero sí por el cuidado de mayores de 75 años, con un importe de 150 euros.
Murcia
En Murcia por motivos de conciliación existe una reducción del 20% cuando se tenga contratada a una persona para atender o cuidar a descendientes menores por razones de conciliación. El límite máximo de la deducción es de 400 euros
Madrid
La Comunidad de Madrid ofrece una deducción específica para aquellos que contraten personal del hogar para el cuidado de hijos menores de tres años. Esta deducción asciende al 20% de las cuotas ingresadas en concepto de cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite de deducción de 400 euros anuales. Para familias numerosas, la deducción se eleva al 30%, con un tope de 500 euros anuales.
Es fundamental revisar los requisitos específicos de cada comunidad autónoma y asegurarse de cumplir con todos los criterios para poder aprovechar estas deducciones. Si tienes dudas o necesitas más información, no dudes en preguntarnos o contactar con la Agencia Tributaria.
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