Encontrar a la persona perfecta para cuidar de tus padres, de tus hijos o para gestionar tu hogar es un auténtico reto. Cuando por fin das con alguien de confianza, a menudo surge una barrera que genera mucha angustia: su situación administrativa irregular en España. El miedo a las multas y la imposibilidad de darle de alta en la Seguridad Social son una preocupación constante tanto para ti como empleador/a como para ella.
Si te encuentras en esta situación, estás de enhorabuena. El Gobierno acaba de aprobar una Regularización Administrativa Extraordinaria para 2026. Es una oportunidad histórica para que miles de personas migrantes consigan su permiso de residencia y trabajo legal por un año.
Desde Hogar Cuidado, como especialistas en la gestión laboral de empleadas del hogar, hemos analizado la nueva normativa para explicarte cómo funciona este proceso y, sobre todo, por qué contar con un precontrato de trabajo redactado por profesionales es tu mejor baza para que aprueben su solicitud sin problemas.
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Toggle¿En qué consiste la Regularización Extraordinaria 2026?
Este nuevo Real Decreto abre una ventana temporal única para que las personas extranjeras en situación irregular puedan normalizar su vida en España.
La principal ventaja de este proceso es su inmediatez: la simple admisión a trámite de la solicitud habilita automáticamente a la persona para residir y trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector. Se le asignará de oficio un Número de Seguridad Social (NUSS) y, una vez reciba la resolución favorable definitiva, tendrá un mes para solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Este permiso inicial tendrá una vigencia de un año, abriendo la puerta a una posterior integración en el régimen general de Extranjería.
Fechas claves
El tiempo es oro, y los plazos marcados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones son muy estrictos. Toma nota:
- Apertura de solicitudes: Jueves 16 de abril de 2026.
- Cierre del proceso: Martes 30 de junio de 2026.
Vías de presentación
Se puede realizar de forma telemática (24 horas al día, 7 días a la semana) o de forma presencial (a partir del 20 de abril y estrictamente con cita previa).
1. Vía telemática:
- De forma individual con certificado digital..
- A través de personas apoderadas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- A través de profesionales habilitados como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.
- A través de las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.
- La plataforma de solicitud será accesible desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
2. Vía presencial con cita previa:
Esta vía requerirá contar siempre con cita previa. Se podrá gestionar en una misma cita las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia y se podrá presentar la solicitud en los siguientes puntos, de lunes a viernes:
- Oficinas de la Seguridad Social: de 16 a 19 horas. Puedes encontrarlas aquí
- Correos: de 8:30 a 17:30 horas. Tienes más información aquí.
- Oficinas de extranjería (OEX): de 16 a 19 horas. Puedes encontrar todas las oficinas en el aquí.
La cita previa se realiza a través de la web del Ministerio habilitada para este procedimiento. Solicitar cita es completamente GRATUITO. Si alguien te pide dinero por gestionar la cita, es un fraude.
Requisitos para que tu empleada pueda acogerse
Para que la persona que trabaja (o va a trabajar) en tu hogar pueda beneficiarse de este proceso, debe cumplir a rajatabla las siguientes condiciones:
- Llegada a España: Haber llegado al país antes del 1 de enero de 2026.
- Permanencia: Demostrar que ha permanecido en España de forma ininterrumpida durante, al menos, los cinco meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Historial limpio: Carecer de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen (y en los países donde haya residido los últimos 5 años) y no suponer una amenaza para el orden o la salud pública.
Además, si la persona NO es solicitante de Protección Internacional, el decreto exige que acredite una de estas tres situaciones:
- Haber trabajado previamente de forma legal,
- tener familiares directos a cargo (hijos menores o mayores con discapacidad),
- o encontrarse en situación de vulnerabilidad (lo cual se acredita mediante un certificado de los servicios sociales o entidades colaboradoras).
El Pre-contrato de trabajo: la vía más segura para acceder a la regularización
Llegamos al punto más crítico. Si lees la normativa con detenimiento, verás que presentar una oferta de empleo formal no figura como un requisito estrictamente obligatorio para iniciar el expediente. Entonces, ¿por qué desde Hogar Cuidado insistimos tanto en la importancia de firmar un pre-contrato?
Este documento no es un contrato de trabajo en sí mismo (ya que ella aún no tiene los «papeles»), sino una oferta formal de empleo. Sirve para demostrar a la Administración que existe una intención real, seria y firme de contratar a esta persona en cuanto obtenga su permiso.
¿Qué requisitos exige Extranjería para que el precontrato sea válido?
El Ministerio se ha vuelto flexible en algunos aspectos, pero es implacable en los requisitos formales. Un error aquí supone la denegación automática de la residencia:
- Duración mínima de 90 días: El precontrato debe garantizar un mínimo de 90 días de trabajo en un año. Aunque la ley permite cualquier modalidad, los expertos en extranjería recomiendan optar por modelos indefinidos o temporales que superen ampliamente este mínimo para dar mayor solidez al expediente.
- Modelos oficiales: Se exige utilizar los modelos oficiales (como los del SEPE). Los documentos informales, cartas escritas a mano o acuerdos verbales no tienen ninguna validez.
- Datos milimétricos: El documento debe incluir sin errores los datos del empleador, los de la trabajadora, el puesto exacto, la jornada laboral estipulada y un salario que cumpla estrictamente con el convenio o el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
- Las firmas: Parece obvio, pero la falta de firma de ambas partes es uno de los motivos de rechazo más habituales en las oficinas de Extranjería.
Beneficios de contar con un pre-contrato redactado por expertos:
- Acelera la decisión de la Administración: Demuestra de forma palpable que la persona migrante no va a depender de ayudas del Estado, sino que tiene un medio de vida garantizado, honrado y real en tu domicilio. Esto refuerza enormemente la acreditación de su arraigo e integración.
- Aporta seguridad jurídica a ambas partes: El pre-contrato establece por escrito (y con validez legal futura) las condiciones, el salario, los horarios y las funciones que desempeñará la empleada una vez obtenga sus papeles. Evita malentendidos futuros.
- Tranquilidad para tu empleada: Enfrentarse a Extranjería genera pánico en muchas personas migrantes. Entregarles un pre-contrato oficial con tus datos como empleador les demuestra tu compromiso real y firme, dándoles la confianza y el impulso emocional necesario para dar el paso y presentar sus papeles sin miedo.
- Transición inmediata a la legalidad: Al contar ya con el documento preparado, en el mismo instante en que la Administración admita a trámite la solicitud y emita el Número de Seguridad Social, podremos tramitar el alta definitiva sin perder ni un solo día.
No te la juegues con plantillas de Internet
Presentar un precontrato descargado de un foro o rellenado a medias es jugar a la ruleta rusa con el futuro de tu empleada. La normativa laboral del Sistema Especial de Empleados de Hogar es muy específica en cuanto a horas de presencia, descansos semanales y salarios. Si el funcionario detecta que la oferta de empleo no cumple la ley laboral española, denegará la regularización al instante.
Tener en tus manos un precontrato redactado de forma profesional no es un requisito estrictamente obligatorio por ley para abrir el expediente (ya que existen otras vías como el informe de vulnerabilidad), pero es, sin duda, el documento más poderoso que puede presentar tu empleada para asegurar que su solicitud sea aprobada por la vía rápida.
Cuidamos de los tuyos (y de tus trámites laborales)
En Hogar Cuidado nos alegra muchísimo que las familias puedan por fin legalizar la situación de quienes cuidan de sus hogares. Ten en cuenta que el trámite de extranjería (la solicitud de la residencia) es algo que debe gestionar la propia trabajadora a través de las vías habilitadas por el Ministerio.
¿En qué podemos ayudarte nosotros directamente? En darte la herramienta clave para el éxito del proceso.
Nosotros somos especialistas en gestión laboral. Redactamos el precontrato de trabajo perfecto, blindado legalmente y adaptado a la normativa del empleo del hogar, para que tu trabajadora pueda adjuntarlo a su expediente con total seguridad. Y cuando le aprueben la residencia, estaremos a tu lado para formalizar su alta en la Seguridad Social y gestionar sus nóminas mes a mes, para que tú solo te preocupes de disfrutar de la tranquilidad de hacer las cosas bien.

