Cómo acceder a las ayudas para personas en situación de dependencia en Asturias

En el Principado de Asturias, las personas en situación de dependencia cuentan con un conjunto de prestaciones y servicios destinados a garantizar su bienestar y calidad de vida. En esta entrada, exploraremos cómo obtener estas ayudas y los servicios disponibles para quienes las necesiten.


Prestaciones en Asturias y servicios disponibles:

El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) contempla una serie de prestaciones y servicios esenciales para aquellos que enfrentan situaciones de dependencia. Entre ellas se incluyen:

Servicios de Atención:

  • Prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal.
  • Teleasistencia.
  • Ayuda a domicilio para atender tanto las necesidades del hogar como los cuidados personales.
  • Centros de Día y Noche, que ofrecen atención especializada tanto para mayores como para personas menores de 65 años.
  • Atención Residencial, incluyendo residencias para personas mayores en situación de dependencia y centros especializados según el tipo de discapacidad.

Prestaciones Económicas:

    • Prestación económica vinculada al servicio, destinada a cubrir los gastos de servicios no disponibles públicamente.
  • Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, para mantener al beneficiario en su domicilio.
  • Prestación económica de asistencia personal, que promueve la autonomía de la persona con gran dependencia.


¿Quién puede solicitar las ayudas para personas en situación de dependencia en Asturias?

El procedimiento de solicitud de las prestaciones se inicia a instancia de la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o de su representante legal.

 

¿Dónde se solicitan estas ayudas?

Los Centros de Servicios Sociales y las Unidades de Trabajo Social del concejo de residencia de las personas solicitantes son responsables de proporcionar información, recibir solicitudes y trasladarlas al órgano de valoración. Además, se puede realizar la solicitud a través de la sede electrónica.

 

¿Cómo se solicitan las ayudas a la dependencia en Asturias?

Para solicitar las ayudas, se requiere la siguiente documentación:

 

  1. Informe de salud (obtenible en el centro de salud de referencia).
  2. Certificado de empadronamiento (a solicitar en el Ayuntamiento de residencia, si no se puede incorporar de oficio por el Centro de Servicios Sociales).
  3. Solicitud estándar.
  4. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
  5. La valoración de la situación de dependencia y la prescripción de servicios y prestaciones son responsabilidad de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, a través de sus órganos competentes. Asimismo, gestionan las prestaciones económicas establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (En esta entrada de blog explicamos cómo se podía solicitar la situación de dependencia)

 

Es fundamental contar con toda la documentación necesaria y realizar la solicitud en los lugares y formas indicadas para garantizar un proceso ágil y efectivo.

 

Documentación que hay que presentar para iniciar el proceso de reconocimiento de dependencia en Asturias

Para iniciar el proceso,  es necesario reunir una serie de documentos específicos y seguir un procedimiento detallado. A continuación, se detallan los pasos a seguir y la documentación necesaria:

 

  1. Solicitud en modelo normalizado.
  2. Informe de Salud: Emitido y firmado por un profesional del sistema público de salud, entidad de seguro de asistencia sanitaria o profesional sanitario del sistema público autonómico de servicios sociales, con una antigüedad máxima de 6 meses.
  3. Ficha de Acreedores: En modelo normalizado.
  4. Documento de Domiciliación Bancaria de Pagos: Obligatorio si no se ha aportado previamente por ser usuario de un servicio público.

 

En casos específicos será necesario aportar otra documentación como se detalla en la página oficial del Principado de Asturias 

 

¿Cómo percibir la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales?

La prestación económica destinada a cuidados en el entorno familiar se considera excepcional y tiene como objetivo ayudar a cubrir los gastos asociados con el cuidado brindado a personas dependientes, facilitando así su permanencia en su entorno habitual. Dado su carácter excepcional, la determinación de esta prestación corresponde a la Consejería competente en la materia, a partir de la propuesta formulada por los equipos territoriales de servicios sociales y siempre que se cumplan los requisitos establecidos para su otorgamiento.

 

La cantidad de las prestaciones económicas es fijada por el Gobierno Estatal, considerando el nivel de dependencia reconocido.

El importe de la prestación se calculará según la capacidad financiera de la persona dependiente. Además, se tomará en consideración el tiempo dedicado a los cuidados: ya sea completo, medio o parcial. Asimismo, se deberá deducir de la cantidad cualquier otra prestación económica de naturaleza y propósito similares que esté siendo recibida.

 

En la actualidad, las cuantías establecidas son las siguientes:    

Grado I

Dependencia moderada

Grado II

Dependencia severa

Grado III

Gran dependencia

153,00 €268,79 € 387,64 €

 

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir la ayuda?

 

  1. Tener reconocida administrativamente su situación de dependencia en el marco del SAAD
  2. Resolución aprobatoria de PIA donde se reconozca la prestación económica para cuidados en el entorno familiar
  3. Estar siendo atendido mediante cuidados en el entorno familiar con carácter previo a la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y no ser posible el reconocimiento de un servicio debido a la inexistencia de recursos públicos o privados acreditados
  4. Convivencia con la persona cuidadora, para personas con dependencia reconocida en grado II y III

Requisitos de la persona cuidadora:

  1. Ser mayor de edad laboral y tener disponibilidad para realizar apoyos en las actividades básicas de la persona dependiente, limitando el cuidado a un máximo de dos personas.
  2. Mantener una relación familiar o asimilada con la persona dependiente, convivir en el mismo domicilio durante al menos un año antes de la solicitud, o en casos excepcionales, residir en el mismo municipio o uno vecino durante el mismo período.
  3. Para personas dependientes en grado III o II, es necesario convivir con la persona cuidada debido a la necesidad de atención permanente. Para dependientes en grado I, el entorno debe ser rural, y no es necesaria la convivencia.
  4. En ausencia de cuidadores familiares, se pueden contratar personas para esta función, quienes deben estar dadas de alta en la Seguridad Social.
  5. Acreditar capacidad física, mental e intelectual suficiente para realizar las tareas de cuidado, así como no tener reconocida la situación de dependencia.
  6. Comprometerse formalmente a realizar las tareas de cuidado y cumplir con acciones formativas propuestas, especialmente para cuidadores contratados.
  7. Facilitar el acceso de los servicios sociales a la vivienda de la persona dependiente para verificar el cumplimiento de los requisitos.

 

Acreditación de requisitos:

  1. Para verificar el cumplimiento de los requisitos, se considerará la declaración de la persona dependiente al solicitar el reconocimiento de su situación de dependencia, junto con el informe técnico complementario al Baremo de Valoración de la Dependencia.
  2. Para demostrar el requisito de convivencia o disponibilidad, se requerirá la presentación del certificado de empadronamiento de la persona cuidadora, si corresponde.
  3. El compromiso de brindar atención y cuidado, facilitar el acceso de los servicios sociales a la vivienda del dependiente y participar en las actividades formativas propuestas se certificará mediante una declaración responsable, conforme al modelo establecido.
  4. En el caso de personas dependientes atendidas por un cuidador no profesional con quien exista un contrato laboral, deberán demostrar esta situación mediante dicho contrato, en conformidad con la normativa laboral aplicable, así como su alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Las características fundamentales de esta prestación son las siguientes:

  • Es de carácter excepcional.
  • Tiene como objetivo principal mantener al beneficiario en su domicilio, recibiendo atención de cuidadores no profesionales, siempre y cuando existan condiciones apropiadas de convivencia y habitabilidad en la vivienda.
  • Su implementación se determina de acuerdo con las condiciones estipuladas en el Programa Individual de Atención.
  • Está condicionada por el grado de dependencia, la capacidad económica del beneficiario y las horas de dedicación necesarias.

 

Cuantía y abono de la prestación económica.

– La prestación económica mensual para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales se determina en base a la capacidad económica del beneficiario y en proporción al grado de dependencia más alto, utilizando la siguiente fórmula matemática:

 

CPE = (1.33 x Cmax) – (0,44 x CEB x Cmax)/IPREM

  • CPEC (Cuantía de la prestación económica)
  • Cmax (Cuantía máxima de la prestación económica)
  • CEB (Capacidad económica del beneficiario)

 

– Para el abono de la prestación, deberá presentarse la siguiente documentación, salvo que se hubiera aportado con motivo de la presentación de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia:

 

  • Fotocopia del DNI/NIF de la persona cuidadora.
  •  Declaración responsable acerca de la cualificación, necesidades formativas del cuidador y compromiso de facilitar el acceso a los servicios sociales a la vivienda de la persona dependiente.
  • Certificado de empadronamiento de la persona cuidadora, salvo en el caso de personas cuidadoras contratadas, para las que no sea exigible el requisito de convivencia.
  • Fichero de acreedores debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria, conforme al modelo establecido.

 

Todos los documentos se encuentran en la página oficial del Principado de Asturias

Acceder a las ayudas del Principado de Asturias para personas con dependencia es un proceso que puede marcar una gran diferencia en la calidad de vida de quienes las necesitan. Siguiendo los pasos adecuados y proporcionando la documentación necesaria, es posible garantizar un proceso ágil y efectivo para obtener el apoyo requerido.

Para obtener más información sobre el proceso de solicitud y los requisitos específicos, se recomienda consultar la página oficial del Principado de Asturias y buscar asesoramiento en los Centros de Servicios Sociales locales.

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