Cómo gestionar la baja de una empleada de hogar

Gestionar la baja de una empleada del hogar es una situación que, aunque no frecuente, requiere un conocimiento preciso de la normativa vigente para asegurar que se cumplen con todas las obligaciones legales tanto del empleador como de la trabajadora. Con la entrada en vigor de nuevas normativas, es crucial estar al tanto de los cambios para gestionar estas situaciones de manera adecuada y eficiente.

Tipos de bajas y procedimientos

Existen varias circunstancias por las que una empleada del hogar puede solicitar una baja, entre las más comunes se encuentran:

Baja por Incapacidad Temporal (IT): 

Puede deberse a enfermedad común, accidente no laboral, o enfermedades profesionales. Desde el 1 de abril de 2023, con la entrada en vigor del Real Decreto 1060/2022, los procedimientos para gestionar estas bajas han cambiado. La empleada ya no tiene la obligación de entregar al empleador el parte de baja. El médico es quien se encarga de comunicarlo directamente al INSS, y este a su vez informa al empleador.

En caso de accidente laboral, la empleada tiene derecho a una baja médica, la cual deberá ser gestionada ante la entidad que cubra las contingencias profesionales, ya sea el INSS o una Mutua. Aquí, el empleador debe asegurar que la comunicación del accidente por sistema Delt@ se realice dentro de los plazos establecidos.

Baja por maternidad o paternidad: 

Las trabajadoras tienen derecho a un permiso remunerado por maternidad, el cual puede ser solicitado antes y después del parto. Es importante destacar que desde junio de 2023 se han incluido nuevas causas de baja relacionadas con la salud reproductiva, como la baja por menstruaciones incapacitantes y la baja en la semana 39 de embarazo.

Baja por accidente de trabajo: 

En caso de accidente laboral, la empleada tiene derecho a una baja médica, la cual deberá ser gestionada a través de la entidad que cubra las contingencias profesionales, ya sea el INSS o una Mutua. Aquí, el empleador debe asegurar que la comunicación del accidente se realice dentro de los plazos establecidos.

Nuevas causas de baja médica

Desde junio de 2023, se han añadido nuevas causas de baja que afectan particularmente al sector de empleadas del hogar, debido al predominio femenino en este sector. Las causas incluyen:

  • Menstruaciones incapacitantes: Reconocidas por el médico, estas bajas permiten que la trabajadora perciba una prestación directamente de la Seguridad Social, sin obligación de abono por parte del empleador, aunque sí debe mantener la cotización.
  • Interrupción del embarazo: En este caso, el empleador abonará el 60% de la base de cotización del primer día, y el resto será cubierto por la Seguridad Social.
  • Baja en la semana 39 de embarazo: El empleador pagará el salario íntegro del primer día de baja, y posteriormente la Seguridad Social asumirá la prestación hasta el parto.

 

Procedimientos para la gestión de la baja

La correcta gestión de una baja médica implica seguir una serie de pasos:

  1. Comunicación y tramitación: Con la entrada en vigor del Real Decreto 1060/2022, se han simplificado los trámites para gestionar una baja médica. Ahora, el médico emite los partes de baja y los comunica directamente al INSS, eliminando la necesidad de que la empleada entregue el parte a su empleador. El INSS, a su vez, notificará al empleador sobre la baja por correo o mensaje.
  2. Elaboración de la nómina durante la baja: La nómina de la empleada se verá afectada dependiendo del tipo de baja. Por ejemplo:
    – Primeros 3 días: No se abona salario.
    – Del 4º al 8º día: El empleador debe abonar el 60% de la base de cotización
    – A partir del 9º día: La prestación es abonada directamente por la entidad que cubra la baja.

    En cambio si la baja procede de contingencia profesional la entidad gestora pagará directamente la prestación desde el día siguiente a la baja, que será el 75% de la base de cotización.
  3. Obligaciones del empleador: Durante el periodo de baja, el empleador debe seguir cumpliendo con sus obligaciones fiscales y laborales, lo que incluye la cotización a la Seguridad Social.  

El empleador debe estar preparado para realizar varias gestiones administrativas:

  • Certificado del empleador: Este documento es esencial para que la trabajadora pueda gestionar su prestación ante el INSS o la mutua.
  • Comunicación de accidentes de trabajo: Si ocurre un accidente laboral, el empleador debe informar a través del Sistema Delt@ dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Es recomendable contar con la asesoría de un gestor especializado para evitar sanciones por incumplimiento normativo.

 

Nuevas normativas y su impacto

El Real Decreto 1060/2022 y la Ley Orgánica 1/2023 han introducido cambios significativos en la gestión de bajas médicas, especialmente en un sector como el del empleo doméstico, donde más del 90% de los trabajadores son mujeres. Estas normativas no solo simplifican ciertos trámites, como la eliminación del parte de baja que debía entregarse al empleador, sino que también amplían las causas por las que una empleada puede solicitar la baja.

 

¿Cómo se cubre la baja de una empleada de hogar?

Comprender los procedimientos para gestionar la baja de una empleada del hogar es esencial para garantizar que reciban la protección adecuada, atención médica, y los beneficios correspondientes en caso de enfermedad o accidente laboral. A continuación, se detallan los aspectos clave sobre cómo se cubren las bajas médicas en este sector.


Cobertura de bajas por contingencias comunes

Las contingencias comunes son aquellas que cubren incapacidades temporales debido a enfermedades comunes o accidentes no laborales. En estos casos, el médico de cabecera es el responsable de emitir el parte de baja, realizar las revisiones necesarias durante el período de incapacidad, y determinar cuándo es adecuado otorgar el alta médica.

El proceso es sencillo: la trabajadora acude a su médico, quien gestiona toda la documentación necesaria y comunica al INSS o la mutua la situación de baja. Este organismo, a su vez, informará al empleador sobre la incapacidad temporal de la trabajadora.

 

Cobertura de bajas por contingencias profesionales

Las contingencias profesionales abarcan la protección en casos de accidentes de trabajo o enfermedades relacionadas con el entorno laboral. Según la Ley General de la Seguridad Social (art. 115 LGSS), se considera accidente de trabajo cualquier lesión corporal que el trabajador sufra en el desempeño de sus funciones laborales.

Cuando ocurre un accidente laboral, la trabajadora debe dirigirse a la entidad que cubre las contingencias profesionales. Si la cobertura está a cargo del INSS, será el médico de cabecera quien gestione la baja, las revisiones, y el alta médica. Sin embargo, si la cobertura corresponde a una mutua, será un médico de dicha mutua quien asuma estas responsabilidades.

En cuanto a la prestación económica, el empleador debe cubrir el 100% del salario del primer día de baja. A partir del segundo día, el pago es asumido directamente por el INSS o la mutua correspondiente. Es crucial que el empleador prepare y entregue el certificado de empleador a la trabajadora para que ésta pueda tramitar la prestación.

Además, en caso de accidente laboral, el empleador está obligado a reportarlo a través del Sistema Delt@ dentro de los cinco días hábiles desde que se produjo el accidente o desde que se tuvo conocimiento del mismo.

 

Beneficios de contratar una gestoría especializada

Contar con el apoyo de una gestoría laboral especializada en el sector del empleo doméstico ofrece múltiples ventajas:

  • Cumplimiento normativo: 

Asegura que todas las gestiones se realizan de acuerdo con la ley, evitando posibles sanciones.

  • Ahorro de tiempo:

Delegar los trámites administrativos a profesionales permite al empleador centrarse en otras responsabilidades.

  • Asesoramiento continuo:

Recibir orientación personalizada y soporte en la gestión de nóminas y bajas garantiza un proceso más fluido y menos estresante.

Si necesitas ayuda para gestionar la baja médica de tu empleada del hogar, en HogarCuidado podemos ayudarte.

Nuestro equipo de especialistas se encargará de todo el proceso, garantizando que cumples con la normativa vigente y que tu empleada recibe la atención y prestaciones que le corresponden.
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