Cobertura para personas trabajadoras del hogar: todo lo que necesitas saber

Las empleadas del hogar tienen derecho a una cobertura integral que incluye aspectos como la incapacidad temporal, el desempleo, la incapacidad permanente, y la muerte o supervivencia. A continuación, te explicamos los puntos más relevantes de esta cobertura, basándonos en la normativa vigente.

1. Incapacidad temporal

La cobertura por incapacidad temporal incluye contingencias comunes y profesionales, gestionadas por diferentes entidades:

  • Contingencias comunes: A cargo del empleador y del trabajador, con un tipo de cotización del 28,30%. Las prestaciones económicas se distribuyen entre el empleador (60% del salario del 4º al 8º día) y la mutua (a partir del 9º día).
  • Contingencias profesionales: Totalmente a cargo del empleador, con un tipo de cotización del 1,50%. La mutua cubre desde el día siguiente al de la baja, con una prestación del 75% de la base reguladora.

Cobertura

Contingencias Comunes

Contingencias Profesionales

Entidad gestora

Servicio público de salud (altas y bajas, asistencia sanitaria)

Mutua

Período de carencia

180 días en los últimos 5 años (no aplica en accidente no laboral)

No se exige carencia

Prestación económica

60% (4º al 8º día, empleador); 60%-75% (Mutua, desde el 9º día)

75% desde el día siguiente a la baja

Casos especiales:

  • Riesgo durante el embarazo o lactancia natural: La mutua gestiona la prestación, que es del 100% de la base reguladora.

Cobertura

Detalles

Entidad gestora

Mutua

Período de carencia

No se exige

Prestación económica

100% de la base reguladora desde el inicio del permiso

  • Cuidado de menores afectados por enfermedades graves: Dependiendo de la edad y la cotización acumulada, la prestación será proporcional a la disminución de la jornada laboral, con una cobertura del 100% de la base reguladora.

Grupo etario

Requisitos de cotización

Menores de 21 años

No se exige cotización

Entre 21 y 25 años

90 días (últimos 7 años) o 180 días (toda la vida laboral)

Mayores de 26 años

180 días (últimos 7 años) o 360 días (toda la vida laboral)

2. Desempleo

Desde 2024, las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a cotizar para la prestación por desempleo:

  • Cotización: Varía según el contrato (7,05% para contratos indefinidos y 8,30% para contratos temporales).
  • Prestaciones: La cuantía es del 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y del 60% a partir del día 181. La duración depende del período de cotización, entre 4 meses y 2 años.

Tipo de Contrato

Cotización Empleador

Cotización Trabajador

Total

Contrato indefinido

5.50%

1.55%

7.05%

Contrato de duración determinada

6.70%

1.60%

8.30%

3. Fondo de garantía salarial y mecanismo de equidad intergeneracional

  • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): Cotización del 0,20% a cargo del empleador, que protege a las trabajadoras en caso de insolvencia del empleador.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional: Cotización del 0,70% (0,58% empleador y 0,12% trabajador), aplicable a la base de contingencias comunes.

Cobertura

Empleador/a

Trabajador/a

Total

Fondo de Garantía Salarial

0.20%

N/A

0.20%

Mecanismo de Equidad Intergeneracional

0.58%

0.12%

0.70%

4. Incapacidad permanente

Las prestaciones por incapacidad permanente se dividen según el grado de la lesión:

  • Lesiones permanentes no invalidantes: A cargo de las mutuas, según el baremo vigente.
  • Incapacidad parcial y total: La pensión se calcula en base a la edad, con prestaciones del 55% al 100% de la base reguladora, dependiendo de las circunstancias.
  • Gran invalidez: Se otorga un complemento adicional, no inferior al 45% de la pensión total o absoluta.

Cobertura

Requisitos de carencia

Prestación económica

Lesiones permanentes no invalidantes

No cubierto

N/A

Incapacidad Parcial

1,800 días en los 10 años (comunes); sin carencia (profesionales)

24 mensualidades de la base reguladora

Incapacidad Total

Varía según edad y período cotizado Pensión del 55%-75% de la base reguladora

Pensión del 55%-75% de la base reguladora

Incapacidad Absoluta

Igual que Total

Pensión del 100% de la base reguladora

Gran Invalidez

Igual que Total

Pensión con complemento mínimo del 45%

5. Muerte y supervivencia

En caso de fallecimiento, las prestaciones incluyen:

  • Auxilio por defunción: 46,50 €.
  • Pensiones de viudedad y orfandad: Calculadas sobre la base reguladora, con pensiones vitalicias del 52% al 70% para viudedad y del 20% para orfandad.
  • Indemnización especial: En casos de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional, se otorgan mensualidades adicionales a viudos/as, huérfanos y padres/madres.

Cobertura

Contingencias Comunes

Contingencias Profesionales

Auxilio por defunción

46.50€

46.50€

Viudedad

Pensión del 52%-70%

Pensión del 52%-70%

Orfandad

Pensión del 20% (por huérfano)

Igual que comunes

 

Por qué elegir HogarCuidado

Garantizar la cobertura de las personas trabajadoras al servicio del hogar no solo es un deber legal, sino también una muestra de respeto hacia quienes desempeñan un papel crucial en los hogares. En HogarCuidado, somos expertos en la selección de personal doméstico y en ayudarte a cumplir con todas las normativas de forma sencilla.

 

¿Necesitas apoyo para gestionar el personal de tu hogar? Descubre nuestro servicio de asesoría laboral para empleadas de hogar, diseñado para facilitarte todos los trámites legales y administrativos.

Contáctanos hoy mismo

Y asegura el mejor cuidado para tu hogar.
¡Estamos aquí para ayudarte!
HogarCuidado

Información de contacto

Si tienes alguna duda, puedes ponerte en contacto con nosotros por cualquiera de estos medios, estaremos encantados de ayudarte.